Tu Licencia Federativa en un solo click
¿Necesitas que tu tarjeta te cubra nuevos deportes o territorios? ¿necesitas contratar un seguro de accidentes para deportes complementarios a los de montaña?
Con objeto de facilitar los trámites y gestiones de todos nuestros federados, aquellos que ya tenéis tarjeta federativa FMM (tanto si la habéis tramitado por un club como de forma individual) y queréis ampliarla a nuevos deportes de montaña o a otros territorios, tenéis ahora la opción de hacer esta ampliación de tarjeta desde el área privada para federados, en la web de la Federación Madrileña de Montañismo, podrás realizar online el trámite de ampliación de tarjetas federativas.
Además, vosotros decidís si queréis que os enviemos la nueva tarjeta a vuestro domicilio o preferís recogerla en la Federación.
¿Qué entendemos por "ampliación"?
Si ya dispones de licencia federativa en cualquiera de sus modalidades puedes "ampliar" dicha modalidad a cualquier otro tipo de tarjeta con coberturas en más modalidades deportivas de montaña o en territorios más lejanos. Los deportes complementarios a los de montaña son, igualmente, "ampliables" o lo que es lo mismo "contratables separadamente"; estos deportes son exclusivamente los siguientes 4: Bicicleta de montaña (BTT/MTB), esquí alpino, esquí de fondo y snowboard.
Los deportes incluidos en las tarjetas federativas A y A6 son: Senderismo, Marcha Nórdica, Marchas y Campamentos. (Se excluye el uso de cuerda, crampones y piolet).
Los deportes incluidos en las tarjetas federativas AU, B, C, D, E, B6, B7, OT y OTpromo, son: Senderismo, Marcha Nórdica, Excursionismo, Campamentos, Marchas, Rocódromo, Alpinismo, Escalada, Barrancos, Carreras por montaña, Espeleología, Raquetas de Nieve, Esquí de montaña, Snow de montaña, Vías ferratas, slackline indoor y splitboard.
Los deportes complementarios son: Bicicleta de montaña (BTT/MTB), esquí alpino, esquí de fondo y snowboard.
Es importante NO CONFUNDIR el concepto de "ampliación" con el de "renovación" pues este se refiere a una nueva fecha de vigencia de la tarjeta tras la caducidad de la misma. Casi todas las modalidades de tarjeta federativa tienen una vigencia de año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre) por lo que el concepto de "renovación" suele estar referido al hecho de volver a dar continuidad contractual a una tarjeta federativa a punto de caducar (31 de diciembre) para el año venidero.
¿Qué entendemos por "complementos"?
Es habitual que los federados en montaña practiquen algunos deportes que se desarrollan también sobre el mismo terreno de juego, las montañas. Durante años, la Federación Madrileña de Montañismo ha ido palpando la necesidad y conveniencia de poder complementar el seguro de accidentes de montaña con estos deportes afines de cara a facilitar a sus federados la contratación de un seguro de accidentes único que dé respuesta a todas sus necesidades con el consiguiente ahorro económico para el federado.
Existen 4 deportes complementarios que pueden ser contratables mediante la ampliación de la licencia: Bicicleta de montaña (BTT/MTB), esquí alpino, esquí de fondo y snowboard.
- Los complementos son una extensión del “seguro de accidentes” que dispone el tipo de tarjeta federativa tramitada y con la misma extensión territorial que marca la
tarjeta. - No suponen en ningún caso estar federados en dichas modalidades, por tanto, no serán considerados para participar en competiciones o actividades organizadas por otras federaciones. Exclusivamente son para el entrenamiento personal.
- Por el mismo motivo, los cierres perimetrales (situación COVID-19) con excepción de los federados, hacen referencia en el caso de montaña a las modalidades de montaña. No a los complementos, ya que no son federados de esas modalidades.
- No cuentan con un seguro de Responsabilidad Civil en esas modalidades.
- En el caso de la BTT/MTB están excluidas las bicicletas eléctricas con asistencia al pedaleo asistido, en cualquier potencia del motor, ya que son vehículos motorizados.
- Las modalidades de esquí alpino y sonwboard, cubren la práctica dentro de las estaciones de esquí. Por tanto, tendrán que atender obligatoriamente a las normas ATUDEM o las indicaciones de seguridad que indique la estación. No confundir con la práctica del esquí de montaña.